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“Alternativa A” Primera sentencia del Convenio de Cape Town y su Protocolo relativo a aeronaves

  • Foto del escritor: Gema Díaz Rafael
    Gema Díaz Rafael
  • 9 ago 2023
  • 6 Min. de lectura

“No devolución de aeronave por el administrador concursal”. Significado de “dar posesión” (give possession)


Son muchos los supuestos en los que los arrendadores (Lessors) de aeronaves y los acreedores garantizados (Secured creditors) exigen recuperar la aeronave y los motores de los administradores concursales (Insolvency administrator) nombrados por las compañías y los operadores aéreos cuando los términos del arrendamiento (Lease) o la garantía (Security) lo permiten.


El 16 de Marzo de 2022, el High Court Australiano[1] dictó una sentencia relativa a la obligación de los Administradores de la compañía aérea Virgin Australia para que “dieran posesión” (give possession) de un objeto aeronáutico sujeto a una garantía internacional registrada (registered international interest) al acreedor (Creditor) de tal compañía según lo establecido en el art.XI (2) del Protocolo de Aeronaves del Convenio de Cape Town sobre Elementos de equipos móviles.


El Tribunal decidió que, en esas circunstancias, la aeronave y los motores no necesitan ser devueltos al arrendador (Lessor) o al acreedor garantizado (Secured creditor) en el momento del nombramiento del administrador concursal (insolvency administrator) aunque los términos del arrendamiento (Lease) o de la garantía (Security) lo permita.


Se trata de la primera sentencia adoptada por un Tribunal que ha interpretado el significado de la obligación de “dar posesión (give possession)” establecida en el Convenio de Cape Town y su Protocolo relativo a Aeronave, por lo que será esencial tenerla en cuenta como guía en los procesos de concurso de insolvencia de compañías aéreas.



El caso



La disputa hacía referencia a cuatro motores de aeronaves a instalar en una aeronave Boeing B737. Los motores pertenecían a Wells Fargo Trust Company, National Association (Owner Trustee), el Arrendador (Lessor) y al beneficiario (Beneficiary owner) Willis Lease Finance Corporation. El Arrendador los arrendó a VB Leaseco Pty Ltd, (“Lessee”) y éste los subarrendó a la compañía aérea, Virgin Australia Airlines Pty Ltd. Cada contrato de arrendamiento requería arrendar el motor para después ser devuelto en la localidad de Florida (USA) una vez finalizado el contrato de arrendamiento.


El Arrendatario formaba parte del entramado de empresas del Grupo Virgin Australia Airlines, que entró en concurso el 20 de abril de 2020. Como consecuencia de esta situación, el Arrendador interpuso una demanda para la devolución (Redelivery) de los motores en un lugar específico del estado de Florida (USA). Los administradores del Arrendatario rechazaron la demanda al considerar que resultaba ser un gasto a soportar por los acreedores (Creditors) del Arrendatario; no obstante, dieron la posibilidad al Arrendador de que tomaran el control (take control) de los motores en Australia, al ser éste el lugar donde estaban ubicados. El Arrendador rechazó la oferta y comenzó un procedimiento judicial en la Federal Court australiana.


El caso se centró sobre la interpretación de las cláusulas referentes al Convenio de Cape Town y su Protocolo relativo a Aeronaves que en Australia entró en vigor el 1 de sep. 2015 bajo la conocida Ley 2013 (International Interests in Mobile Equipment -Cape Town Convention- Act 2013 (Cth). Respecto a las cuestiones de insolvencia (insolvency provisions), Australia eligió adoptar la Alternativa A[2] del Art.XI del Protocolo de Aeronave que establece una mayor protección a los acreedores garantizados (secured creditors).


La cuestión principal de la disputa fue el Artículo XI (2) del Protocolo de Aeronaves, que establece que en los supuestos de insolvencia, el administrador de la insolvencia[3] puede dar posesión de la aeronave al acreedor (Creditor) sin un periodo de tiempo especificado.


Así, el 3 de septiembre de 2020, la Federal Court australiana decidió que la obligación de “dar posesión” (give possession) bajo el Artículo XI (2) requería una “devolución física (redelivery)” de los motores en la localidad de Florida, en línea con las condiciones de devolución (redelivery) establecidas en los contratos de arrendamiento. Sin embargo, el 7 de octubre de 2020, en segunda instancia, la Federal Court decidió que los Administradores fueran requeridos para dar al Arrendador la oportunidad de tomar posesión en Australia. El Arrendador apeló al High Court y los argumentos de las partes fueron escuchados el 4 de noviembre 2021, para posteriormente dictar sentencia. Mientras tanto y antes de dictar la sentencia, los motores fueron devueltos a Estados Unidos, argumentando factores de urgencia mientras que la cuestión legal más importante fuese resuelta.


Decisión del High Court australiano


En una decisión unánime, el High Court rechazó los argumentos del Arrendador (Lessor) que establecían que los Administradores fuesen requeridos bajo el Art.XI (2) del Protocolo de Aeronave para “dar posesión (give possession)” de los motores de conformidad con lo establecido en el contrato de arrendamiento. El Arrendador argumentó que este punto estaba incluido en el requisito de “give possession” bajo el Art. XI (2)[4] o evidencia en la ejecución de sus obligaciones como un aspecto del art. IX(3)[5] en cuanto que la medida (remedy) establecida en el Convenio de Cape Town puede ser ejercitada de una manera comercialmente racionable (shall be exercised in a commercially reasonable manner”).


El High Court llegó a un acuerdo con los Administradores y rechazó la posición alternativa: que el acuerdo relevante entre las partes (por ejemplo, el arrendamiento), debería regir las obligaciones para dar la posesión y que el significado de la obligación de “dar posesión (“give possession”)” no es más que facilitar a los arrendadores la oportunidad de tomar control de los motores en Australia a su coste. Esto explicaría la interacción de los siguientes derechos de las partes:


- Los arrendadores (lessors) tienen el derecho de tomar posesión o controlar los motores (engines) bajo el Convenio de Ciudad del Cabo, y el derecho a solicitar la devolución de acuerdo con el arrendamiento tal y como está establecido en el Convenio de Ciudad del Cabo.


- Las restricciones bajo el procedimiento de insolvencia en el ejercicio de sus derechos, tienen prioridad sobre la posesión de los arrendadores[6].


- La invitación de los Administradores a los arrendadores para tomar el control de los motores (take control of the engines) no fue suficiente para cumplir con la obligación de “dar posesión” (give possession) bajo el Convenio de Cape Town.


- Si los arrendadores eligen ejercer sus derechos para tomar posesión (en este caso, después del consentimiento del Administrador), requieren el Convenio de Ciudad del Cabo para hacerlo de una forma comercialmente razonable (commercially reasonable manner).



En esta línea el Tribunal también estableció que el Art.XI(2) proporciona una medida (remedy) adicional al Arrendador (Lessor): facilitar el ejercicio del derecho del acreedor para tomar posesión bajo el Art.8 o el Art.10[7] del Convenio de Cape Town y que la referencia a la “posesión (possession)” es al control físico de la aeronave para excluir a otros de la misma (to physical control to the exclusión of others), no existiendo otra razón para atribuir al término “posesión (possession)” cualquier otro significado.

[1] Wells Fargo Trust Company, National Association (as Owner Trustee) v VB Leaseco Pty Ltd (administrators appointed) HCA 8. [2] La Alternativa A es copiada del modelo del s1110 del Código de Insolvencia de Estados Unidos – United States Bankruptcy Code-. [3] En Australia, el nombramiento de los Administradores bajo el Pt.5.3. de la Corporations Act of Australia constituyó un “insolvency-related event” para este propósito. [4] El Art. XI referente a Medidas en caso de insolvencia Opción A.2. establece (siempre que el Estado Contratante que sea la jurisdicción de insolvencia principal haya formulado una declaración conforme al párrafo 3 del art. XXX): Opción A. 2. Cuando se produzca una situación de insolvencia, el administrador de la insolvencia o del deudor, según corresponda, entregará el objeto aeronáutico al acreedor, con sujeción al párrafo 7, no más tarde que el primero de los hechos siguientes: a) el fin del periodo de espera; y b) la fecha en que el acreedor tendría derecho a la posesión del objeto aeronáutico si no aplicase este artículo: [5] El Art.IX(3) relativo a las Medidas ante el incumplimiento de las obligaciones, prioridades y cesiones establece que: “3. El párrafo 3 del art.8 del Convenio se aplicará los objetos aeronáuticos. Toda medida prevista en el Convenio en relación con un objeto aeronáutico se aplicará de una forma comercialmente razonable. Se considerará que una medida se aplica de forma comercialmente razonable cuando se aplique de conformidad con las cláusulas del contrato, salvo que dichas cláusulas sean manifiestamente excesivas. [6] En Australia, hay una moratoria que previene la ejecución de la garantía (enforcement of security) que opera durante el proceso de administración voluntaria. [7] En este caso, el art.10 tiene mayor relevancia ya que facilita ciertas medidas o remedies al Arrendador bajo el acuerdo de arrendamiento, tras un event of default, incluyendo al Arrendador (Lessor) para que pueda terminar el acuerdo y tomar la posesión o el control de cualquier objeto relacionado con el arrendamiento.

 
 
 

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